El área de servicios públicos domiciliarios de la Secretaría de Planeación es la encargada
de recibir, revisar y aprobar las cuentas de cobro de subsidios a los prestadores de servicios
públicos de acueducto, alcantarillado y aseo del municipio. Por su parte, el artículo 365 de
la Constitución Política de Colombia indica que: “Los servicios públicos son inherentes a la
finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los
habitantes del territorio nacional.” […] Es así, como uno de los mecanismos para garantizar
la prestación eficiente es la transferencia de subsidios por parte de la entidad territorial a
las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios. Siendo una de las tareas más
importantes que tiene la Secretaría de Planeación.
Por otro lado, el área también es la encargada de realizar los reportes en el Sistema Único
de Información (SUI) de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Dicha
plataforma busca estandarizar requerimientos de información y aportar datos que permita
a las entidades del Gobierno evaluar la prestación de los servicios públicos.
Finalmente, el área busca la articulación constante con los prestadores de los servicios de
acueducto, alcantarillado y aseo con objetivos de garantizar la adecuada prestación por
parte de estos en el municipio.